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Amparo Ambiental

Escrito por Agenciadenoticiaselnevado el lunes, 3 de junio de 2019 | 7:46 a.m.


Amparo ambiental: otorgan plazo de 15 días para presentar pruebas

El juez de Control de Garantías, Rodolfo Oscar Cecenarro, resolvió otorgar un plazo de 15 días para presentar sus pruebas a todas las partes involucradas en el amparo ambiental por el que se suspendió la actividad minera en Andalgalá. Es para resolver la continuidad o no de la actividad ante las noticias por la reactivación del proyecto. 


El emplazamiento es para demostrar cuáles son los cuidados previstos para garantizar la salud, el bienestar de la población y la producción. Los ambientalistas, por su parte, tendrán que acreditar su postura en contra de la actividad. Es por eso que fueron notificados la empresa Minera Agua Rica, los amparistas, el Estado provincial y la Municipalidad de Andalgalá. 


Hay que recordar que en enero de 2010, Vecinos Autoconvocados por la Vida, de Andalgalá, presentaron un recurso de amparo ante la Corte de Justicia, que se rechazó en todas las instancias provinciales. 


En noviembre de 2012, los amparistas presentan el recurso de queja ante la Corte Suprema de la Nación. 


En marzo de 2016, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó que se revea la sentencia local y que se atienda el pedido del amparo. El recurso volvió al juzgado de Andalgalá. En septiembre de 2016, el juez Cecenarro, resuelve la suspensión de la actividad minera. Luego fue recusado y la causa se quedó sin juez por dos años. Volvió de nuevo el año pasado. 


En noviembre de 2018, una comisión encabezada por el fiscal penal de Andalgalá, Alejandro Scidá, visitó el predio de Agua Rica en Minas Capillitas para realizar una inspección ocular y así saber si la empresa estuvo cumpliendo la orden del juez de Control de Garantías, Rodolfo Cecenarro que suspendía sus actividades. 


Además del fiscal, la comitiva estuvo integrada por técnicos de los grupos ambientalistas que iniciaron la denuncia en contra de la actividad minera en 2010, representantes de la empresa Yamana Gold y especialistas de la Universidad Nacional de Catamarca que fueron convocados por el propio Scidá para que actúen como peritos de la Justicia. 


Ahora el magistrado pide que se presenten pruebas. Recuerda que ya pasaron 9 años desde la presentación del recurso. Sostiene que ante la naturaleza de la cuestión planteada, la prioridad es el "deber de prevención, sin perjuicio de las medidas cautelares ya adoptadas en el momento conforme a las circunstancias existentes en ese momento, atento al nuevo escenario fáctico y de posible afectación de intereses colectivos y consecuente impacto socio económico, se impone la adopción de medidas razonables". 


Cecenarro sostiene que a fin de "conjugar el interés general con el legítimo derecho de las partes, siendo necesario, contar con bases científicas, asegurando la participación ciudadana, estimo beneficioso para el caso que las partes ofrezcan la prueba que consideren conducentes e idóneas a fin de hacer valer sus derechos". Para su dictamen, Cecenarro recuerda que la Suprema Corte de Justicia de la Nación dijo que las cuestiones en debate involucran "el derecho humano de todos los habitantes a la salud y a gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer a las generaciones futura" y por eso recomendaba el acceso a la Justicia.

El Ancasti
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