Ecos
de la movida judicial contra Alumbrera y Bajo el Durazno
A levantar minas
diariojudicial.com
El
procurador fiscal subrogante ante la Corte Suprema , Marcelo Sachetta, solicitó se haga
lugar a un recurso presentado por el fiscal federal de Tucuman para que se
suspenda la actividad de dos yacimientos mineros en la provincia de Catamarca.
Se
trata de la causa “Cruz Felipa y Otros c/Minera Alumbrera Limite y otro s/
sumarísimo” donde la la
Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó la
sentencia de la instancia anterior y, en consecuencia, desestimó la medida
cautelar peticionada por los actores, tendiente a suspender en forma inmediata
la actividad minera llevada a cabo en los yacimientos "Bajo de la Alumbrera " y
"Bajo del Durazno".
La
medida cautelar que solicitan los actores tiene que ver con la suspensión de la
explotación “hasta tanto se pudieran recoger muestras para la realización de
peritajes técnicos que permitieran determinar el alcance de la contaminación y
de la degradación del medio ambiente”.
También,
hasta que “se acreditase la contratación del seguro ambiental obligatorio y la
constitución de las garantías suficientes para asegurar el cumplimiento de las
eventuales obligaciones indemnizatorias”.
Pero
Sachetta, siguiendo la línea presentada por el fiscal general de Tucumán,
argumentó que la medida cautelar desechada es una decisión que se tomó
"sin considerar las circunstancias particulares del caso".
En
este sentido recordó lo argumentado por el fiscal de Tucumán que sostiene que
"la decisión (del Tribunal) reviste el carácter de definitiva, en tanto
causa un gravamen concreto y actual, de imposible reparación ulterior,
valorando la gravedad del impacto ambiental y social causado por la actividad
minera a cielo abierto en su fase de explotación".
“El
fallo recurrido rechazó la medida cautelar solicitada sin considerar las
circunstancias particulares del caso y sobre la base de una argumentación
dogmática que prescinde del gravamen irreparable que podría irrogar su
negativa, por lo que, en tales condiciones, corresponde sostener el recurso y
su consecuente queja”, consigna el procurador fiscal subrogante en el dictamen.
Tucuman Noticias
El
procurador fiscal subrogante ante la Corte Suprema , Marcelo Sachetta, solicitó se haga
lugar a un recurso presentado por el fiscal federal de Tucuman para que se
suspenda la actividad de dos yacimientos mineros en la provincia de Catamarca.
Se
trata de la causa “Cruz Felipa y Otros c/Minera Alumbrera Limite y otro s/
sumarísimo” donde la la
Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó la
sentencia de la instancia anterior y, en consecuencia, desestimó la medida
cautelar peticionada por los actores, tendiente a suspender en forma inmediata
la actividad minera llevada a cabo en los yacimientos "Bajo de la Alumbrera " y
"Bajo del Durazno".
La
medida cautelar que solicitan los actores tiene que ver con la suspensión de la
explotación “hasta tanto se pudieran recoger muestras para la realización de
peritajes técnicos que permitieran determinar el alcance de la contaminación y
de la degradación del medio ambiente”.
También, hasta que “se acreditase la contratación del seguro ambiental obligatorio
y la constitución de las garantías suficientes para asegurar el cumplimiento de
las eventuales obligaciones indemnizatorias”.
Pero
Sachetta, siguiendo la línea presentada por el fiscal general de Tucumán,
argumentó que la medida cautelar desechada es una decisión que se tomó
"sin considerar las circunstancias particulares del caso". En este sentido recordó lo argumentado por
el fiscal de Tucumán que sostiene que "la decisión (del Tribunal) reviste
el carácter de definitiva, en tanto causa un gravamen concreto y actual, de
imposible reparación ulterior, valorando la gravedad del impacto ambiental y
social causado por la actividad minera a cielo abierto en su fase de
explotación".
“El
fallo recurrido rechazó la medida cautelar solicitada sin considerar las
circunstancias particulares del caso y sobre la base de una argumentación
dogmática que prescinde del gravamen irreparable que podría irrogar su
negativa, por lo que, en tales condiciones, corresponde sostener el recurso y
su consecuente queja”, consigna el procurador fiscal subrogante en el dictamen.
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