La
Municipalidad de Andalgalá a través del Área de la Dirección De Seguridad
Ciudadana COMUNICA a la población en
general que de acuerdo a la Ordenanza
Municipal 010/02 Articulo 42 que dice: que está terminantemente prohibido “ARREAR ANIMALES O DEJAR ANIMALES SUELTOS
DENTRO DEL EJIDO MUNICIPAL”, por lo tanto el incumplimiento del mismo será
sancionado con las multas correspondientes, sin ningún tipo de excepción, ya
que está situación pone en peligro el bienestar y la integridad física de la
población. Éste Municipio espera el cumplimiento de la Norma en Vigencia pata
una sana y mejor convivencia de los Andalagalenses.-
SARACHO JORGE ARMANDO
JEFE
DE SEGURIDAD CIUDADANA
MUNICIPALIDAD DE ANDALGALÁ