ORDENANZA Nº 09/19 SOBRE PROHIBIR EL USO, DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ARTÍCULOS DE PIROTECNIA SONORA
La Municipalidad de Andalgalá, a través de la Dirección de Seguridad Ciudadana, informa a toda la comunidad que está en vigencia la Ordenanza 09/19 de Uso, distribución y comercialización de artículos de pirotecnia sonora en toda la jurisdicción de nuestro municipio, estableciendo en su artículo Nº 1: “Prohíbase en el ámbito de la Municipalidad de Andalgalá, la comercialización, exhibición, tenencia , manipulación, uso particular, fabricación, deposito, transporte, distribución y venta al público mayorista o minorista y venta ambulante en la vía publica, de artíficos pirotécnicos. Solamente se autoriza la utilización de pirotecnia que produzca efectos lumínicos en fiestas, eventos público, privados, religiosos y/o de cualquier otra índole, como así también en eventos que organice el municipio.
A los titulares de los establecimientos, instituciones, asociaciones o personas físicas o jurídicas, en los casos que se verifique la infracción, se corresponderá a las sanciones establecidas en la nombrada Ordenanza.