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Comunicado

Escrito por Agenciadenoticiaselnevado el jueves, 24 de noviembre de 2016 | 9:06 a.m.

La Municipalidad de Andalgalá a través de la Dirección de Seguridad Ciudadana da a conocer los requisitos para habilitar el local para la venta de artículos de pirotecnia.


· Contar con el permiso de la División Explosivo de la Policía de la Provincia de Catamarca sito en Av. Pedro Agote (Ex Maipú Norte).


· Los locales de venta al público de productos pirotécnicos deberán ajustarse a lo siguiente:


· Las paredes como en cielos rasos deberán estar constituidos por materiales incombustibles, o en su defecto tratados con productos retardantes de llama.


· Deberá contar como mínimo con una salida de emergencia.


· Contar con extinguidores (mata fuegos) dentro del local comercial, baldes de agua y arena.


· Deberán estar perfectamente señalizados con carteles foto lumínicos en lo que refiere a salidas y la prohibición de fumar.


. Por ello se avanzó para que los locales posean las medidas básicas de seguridad contra incendios y evacuación, creando una mayor seguridad al ciudadano.


. A los interesados, en habilitar un local destinado a la venta de productos pirotécnicos, deberán acercarse al Área de Bromatología y Comercio, ubicada en el edificio municipal, de lunes a viernes en horario administrativo.


. Queda totalmente prohibida la venta de pirotecnia a menores de 18 años y en lugares no habilitados a tales efectos, procediéndose a la aplicación de acuerdo al Artículo 115º de la Ordenanza impositiva Municipal en vigencia.


. La violación a la presente norma dará lugar a la aplicación de multas a los responsables de la venta y el decomiso de la mercadería que no posea la debida autorización por el RENAR.


Víctor Hugo Flores Chayle


Secretario de Seguridad Ciudadana Municipalidad de Andalgalá



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