Sin respuesta de
Educación por la denuncia de acoso
LA JUSTICIA ENVIÓ UN INFORME SOBRE LA DENUNCIA
En el marco de la causa se tomaron al menos 15 testimonios. El docente continuaría en funciones.
BELÉN- Hace más de dos semanas la Fiscalía de Andalgalá envió un informe al Ministerio de Educación de la Provincia poniendo en conocimiento sobre la existencia de una denuncia contra un directivo de escuela y el inicio de la investigación. Hasta la fecha desde Educación no hubo respuestas y el docente investigado continúa en su actividad. En tanto se conoció que la causa se encuentra en avanzado estado con más de 15 testimonios y la fiscalía podría llegar a una imputación.
La fiscalía de Andalgalá, a cargo del fiscal subrogante Alejandro Scida, ordenó medidas en la causa tras la denuncia de la damnificada realizada a mediados del mes pasado. En diciembre la mujer había realizado una exposición policial.
En el marco de lo ordenado por la Justicia se han tomado al menos 15 testimonios y según trascendió todos comprometerían el accionar del directivo denunciado. En este sentido, se divulgó que podrían realizarse nuevas denuncias contra la misma persona.
Todo salió a la luz en diciembre cuando la docente abrumada por lo que vivía decidió contar todo en una exposición. Después radicó la denuncia y en la que contó que los hechos ocurrirían en el ámbito escolar y pese a que la mujer se lo habría reclamado el individuo habría utilizado su poder de directivo ante la docente. Tras conocerse el caso y entre los testimonios reunidos habrían salido a la luz otros hechos en donde otras mujeres fueron víctimas del mismo accionar del educador.
El acoso sexual
El acoso sexual es la manifestación de una serie de conductas compulsivas de solicitud de favores sexuales dirigidas a una persona en contra de su consentimiento.
Esta acción puede perjudicar a personas de ambos sexos. Los principales acosadores son hombres que ejercen este tipo de comportamiento en ambientes laborales, académicos, estudiantiles e incluso familiares. Se debe aclarar que la norma es una previsión de tipo administrativo, pues el acoso sexual no es considerado un delito. En el Código Penal Argentino, las figuras de los artículos 126 y 127, al referirse a "abuso de una relación de dependencia o de poder" o "abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia" son las que más se aproximan a la conducta en cuestión, aunque están referidos a la prostitución.
Pese a la falta de estadísticas oficiales, "las mujeres son las principales destinatarias de esa conducta".
El Ancasti