
Los
conductores de motocicletas deberán:
-
Circular con
el casco correspondiente
-
Circular con
la documentación que amerite sus propiedad
-
No más de
02 personas
-
Tener licencia
de conducir, luces reglamentarias
Los conductores de
vehículos automotor deberán:
-
Circular con
luces encendidas en caso nocturno
-
Circular con
toda la documentación que amerite su propiedad
-
En caso de
automóvil no más de 05 personas
-
En caso de
camioneta no más de 03 personas
-
Licencia de
conducir
Los
vehículos de transporte de pasajeros TAXI deberán:
-
Tener licencia
de conducir
-
Licencia de
Taxi
-
Libreta de
sanidad
-
Seguro al
día
-
Luces reglamentarias
En
el caso de no disponer lo mencionado se procederá a la retención preventiva
según Art. 72 de la Ley Nacional de Transito Nº24449-
Desde
ya quedan toda la población debidamente informada y se pide la colaboración de
todos para evitar algún inconveniente y asimismo poder brindar una mayor seguridad vial.-
Tec. NELSON FERNANDO REINOSO
DIRECTOR
DE SEGURIDAD CIUDADANA
MUNICIPALIDAD DE ANDALGALÁ